Colegio de Farmaceuticos de la Provincia de La Pampa

SISTEMA UNIFICADO DE PRESTACIONES FARMACÉUTICAS MANUAL DE NORMAS DE TRABAJO DE LAS OBRAS SOCIALES

SISTEMA UNIFICADO DE PRESTACIONES FARMACEUTICAS  Manual de Normas de Trabajo 4º Edición

Caratula de Normas de Trabajo

Explicaciones Preliminares

Manual de Normas de Trabajo de las Obras Sociales

PAG.  I

Santa Rosa (L.P.), JUNIO de 2002.‑

PAG.  II

CONDICIONES GENERALES DE NORMAS DE TRABAJO DE OBRAS

SOCIALES CONTRATADAS POR EL COLEGIO FARMACEUTICO (L.P.)

  1. I)DE LAS RECETAS:

1) Las recetas en formulario oficial o particular, según lo establezcan las normas de trabajo de cada obra social, deberán ser confeccionadas de puño y letra del médico u odontólogo, con tinta o bolígrafo y debe contener:

  1. a) Nombre de la obra social.
  2. b) Nombre y apellido del afiliado
  3. c) Nº de afiliación.
  4. d) Fecha de prescripción. (En números arábigos).
  5. e) La prescripción
  6. f) Cantidad de medicamentos prescriptos. (En números arábigos).
  7. g) Nombre de la entidad en caso de que acepte recetario particular del profesionalprescribiente. Esto también lo puede colocar la  obra social.
  8. h) firma y sello del profesionalprescribiente, donde debe constar nombre,  apellido, número de matrícula y profesión (Medico u odontólogo), y cuando corresponda el nombre de la especialidad.

      En caso de no tener sello consignar los datos anteriores en  forma manuscrita si la obra social así lo autoriza.

2) El farmacéutico, de su puño y letra y con tinta o bolígrafo, debe poner en la receta que dispense:

  1. a) La fecha de dispensación. (En números arábigos).

      ATENCIÓN: Esta fecha nunca puede ser anterior a la fecha de prescripción. Como así tampoco puede ser anterior a la fecha de autorización en el caso que la receta necesite ese requisito para la dispensación.

  1. b) la cantidad de medicamentos dispensados. (En números arábigos).
  2. c) Los precios unitarios con escritura clara y legible, al lado del medicamento recetado.
  3. d) Realizar los cálculos parciales y totales, previa conformidad del afiliado.
  4. e) Colocar en cada receta el sello de la farmacia. El que deber tener la razón social de la farmacia, el nombre del farmacéutico director técnico, la matricula, dirección de la farmaciay Números de C.U.I.T., ingresos brutos y de Caja Nacional de  Recaudación Previsional (Jubilación) o Caja de previsión profesional de La Pampa.
  5. f) Firmar cada una de las recetas.

3) El afiliado o tercero que retira el medicamento debe:

  1. a) Firmar la receta.
  2. b) Aclarar la firma.
  3. c) Dejar constancia de su condición de titular o tercera persona.
  4. d) Colocar el domicilio y localidad
  5. e) Colocar tipo y número documento

      Nota: Los datos de los punto c, d, y e los pueden colocar el farmacéutico.

4) Cuando se trate de fórmulas magistrales deberán estar detallados sus componentes cuali y cuantitativos, debiendo rechazarse prescripciones en clave.

5) Se debe especificar la concentración, unidades y tamaño de cada medicamento. Cuando el profesional no especifique claramente concentración y/o unidades y/o tamaño, se entregará el de menor en concentración y/o unidades y/o tamaño, según corresponda.

      Si el profesional prescriptor errase la concentración y/o la unidad y/o el tamaño del medicamento, el farmacéutico entregará el de menor en concentración  y/o unidad y/o tamaño, según corresponda.

6) Cuando el profesional prescriba grande sin otra especificación, se dispensará  el tamaño subsiguiente al chico.

7) Cuando un medicamento tenga una presentación UNICA se considerará como tamaño chico.

8) Los troqueles se colocarán en el orden de prescripción. Cuando haya más de la unidad de un medicamento los troqueles restantes se colocarán seguidos del troquel del último medicamento prescripto y así de seguido.

9) En las recetas que contengan psicotropicos y/o estupefacientes y no se acompañe recetario oficial de psicotropico y/o estupefacientes, se exigirá la copia con iguales datos que el  original.

10) ENMIENDAS:

  1. a) Todas las enmiendas que se hagan en el sector de la receta destinado a la farmacia, deberán ser salvadas al dorso de la receta (indicando que enmienda se salva) y el afiliado deberá firmar, aclarar su firma y colocar su número de documento, avalando dicha salvedad.
  2. b) Toda enmienda hecha en la prescripción deberá ser salvada por el médico tratante bajo leyenda: “Digo …….(lo enmendado)” firmando y sellando el médico nuevamente lo salvado.

Toda diferencia caligráfica, grafológica o tinta debe ser salvada por el médico prescriptor en la forma antes mencionada.

Por ninguna razón se aceptará, con cargos a las entidades, recetas con enmiendas, raspaduras o agregados con distinta lapicera, sino están salvados expresamente por el profesional prescribiente.

11) Con el fin de cumplir adecuadamente con la adhesión de troqueles a las recetas, los envases NO SE PODRAN FRACCIONAR en ningún caso. Esto es para todas las obras sociales, excepto la obra social que especifique expresamente lo contrario.

12) PERIODO DE VALIDEZ DE LA RECETA: Se considera período de validez de la receta a la cantidad de días corridos que establece cada obra social y que separa la fecha de dispensación con la de prescripción.

13) Los medicamentos prescriptos tienen que estar relacionados con la patología, el sexo y la edad del paciente.

14) Los ODONTOLOGOS no pueden prescribir psicofármacos, estupefacientes, anabólicos, oncológicos, etc.. Debiendo prescribir medicamentos relacionados con la especialidad.

PAG.  III

  1. II)PROCEDIMIENTO DE LA DISPENSACION:

1) Obligatoriedad de exigir la presentación del carnet de afiliado y el último cupón de  o recibo de sueldo si corresponde y DNI.

2) Cotejar los datos y vigencia del carnet.

3) Luego proceder completando la receta con las condiciones establecidas en el capítulo anterior.

III) OBRAS SOCIALES CON CARENCIA DE SERVICIOS (Por suspensión o ausencia de convenio):

En el caso que la obra social esté con corte de servicio, se confeccionará una factura (que cumpla los requisitos de la D.G.I.) para que el afiliado solicite el reintegro.

En la factura se transcribirán los datos de la receta (Incluidos los de identificación), el detalle de los medicamentos entregados y se colocarán los troqueles de los mismos.

  1. IV)DE LAS PROHIBICIONES:

Las entidades contratantes reconocen únicamente (Salvo excepciones que se detallan en cada norma de trabajo), la prescripción de medicamentos que responden a la definición establecida en la Farmacopea Nacional Argentina y/o aprobados por la autoridad competente.

Las farmacias no podrán proveer otros productos que no sean los recetados, aunque sean similares. Excepto en los caso que la obra social haya aceptado la aplicación de la Ley de Prescripción por Nombre Genérico, se podrán sustituir de acuerdo a esta ley y a la forma en que la adopto la obra social.

  1. V)DE LAS LIQUIDACIONES:

Todas las liquidaciones de las farmacias, deberán contener los números de inscripción en los impuesto siguientes:

  # C.U.I.T.

  # Caja nacional de recaudación previsional (Jubilación), o Caja de Previsión Profesional de La Pampa, según corresponda.

  # Ingresos brutos (Dirección General de Rentas).

  1. VI)PRESENTACION DE RECETAS PARA SU FACTURACION A LAS OBRAS SOCIALES:

La presentación de recetas debe hacerse:

1) Presentando las facturaciones de las obras sociales en la quincena que corresponda de acuerdo al CALENDARIO DE PRESENTACION DE RECETAS.

2) NO dejar recetas para presentar en periodos posteriores al que corresponden. por que estas serán rechazadas por las obras sociales, sin posibilidad de refacturarlas. Dado que el plazo de presentación, según en la obra social, varía entre 45 y 60 días contados desde la fecha de dispensación.

VII) DE LOS PRODUCTOS NO RECONOCIDOS POR LAS OBRAS SOCIALES EN GENERAL:

Todas las obras sociales, salvo que se especifique lo contrario en su norma de trabajo particular, no reconocen los siguientes productos:

Ø  Accesorios

Ø  Anorexígenos y/o medicamento antiobesidad.

Ø  Anticonceptivos 

Ø  Artículos de tocador  y Cosméticos dermatológicos.

Ø  Fórmulas magistrales alopáticas

Ø  Fórmulas o especialidades para limpiar o fijar dentaduras

Ø  Instrumental de cirugía

Ø  Jabones y champues.

Ø  Material  biomédico descartable.

Ø  Material de curación (Alcohol, Agua oxigenada, Gasas, etc.).

Ø  Medicamentos para disfunciones erectiles. P/ej: Citrato de SILDENAFIL (Sildefil, Lumix), Alprostadil, etc.

Ø  Medicamentos y productos de venta libre.

Ø  Pastas o líquidos dentífricos para la higiene bucal.

Ø  Placas radiográficas.

Ø  Productos de herboristeria

Ø  Productos o formulas magistrales homeopáticas.

Ø  Productos y alimentos dietéticos y edulcorantes.

3) CONDICIONES Y REQUISITOS PARTICULARES DE CADA UNA DE LAS

 

OBRAS SOCIALES.  

 

 

ACUERDO MARCO GOBIERNO INDUSTRIA                                        

AMSTERDAM SALUD

AMTIMA

ANDAR

APOPS

ASOCIACION ECLESIASTICA DE SAN PEDRO                         

ASOCIACION ITALIANA “XX DE SEPTIEMBRE” (G. PICO)  

ASOCIACION MUTUAL 12 DE ENERO (O.S. de Pasteleros)

ASOCIACION MUTUAL PAMPEANA

ASOCIART ART

AVALIAN (ex ACA SALUD)

BERKLEY ART  

CAMIONEROS (Obra Social).  

CAMIONEROS (Sindicato).   

CARDINAL ASSISTANCE.   

CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO (G. PICO).                               

CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO (S. ROSA).

CONSTRUIR SALUD (OSPECON)

CONVENIO COLEGIO – DROGUERIA META

CONVENIO COLEGIO – DROGUERIA MULTIFARMA SRL    

CONVENIO COLEGIO – DROGUERIA ORIEN

CONVENIO COLEGIO – DROGUERIA PROMEC 

CONVENIO COLEGIO – INSTITUTO DE ESPECIALIDADES MEDICAS SA (LEANNEC) 

CONVENIO COLEGIO – SCIENZA                          

CONVENIO COLEGIO – SCIENZA – SIMEPA 

CONVENIO COLEGIO – SIMEPA – NEO SALUD 

COOPERACION SEGUROS

DASUTeN (Direccion de Accion Social de la Universidad Tecnologica Nacional)

EXPERTA ART

FAESS

FEDERACION PATRONAL ART

FEFARA – CONVENIO PROV. DE ONCOLOGICO Y TRAT. ESP. 

FEFARA – CONVENIO TRAT. ESPECIALES – FARMAKD 

FEFARA – CONVENIO TRAT. ESPECIALES – ORIEN 

FONDO COMPENSADOR TELEFONICO

FORTBENTON (BONO DE ASIST. EN MEDICAMENTOS)                  

GALENO ARGENTINA

GALENO ART

INSSJP (P.A.M.I.)  

INSSJP (P.A.M.I.) – MEDIDORES GLUCOSA

INSSJP (P.A.M.I.) – PAÑALES

INSSJP (P.A.M.I.) – RESOL 337/2005

INSSJP (P.A.M.I.) – SIDA .  

INSSJP (P.A.M.I.) – SUPLEMENTOS NUTRICIONALES ORALES

INSSJP (P.A.M.I.) – TOMA PRESION ARTERIAL

INSSJP (P.A.M.I.) – VACUNAS

INSSJP (P.A.M.I.) – ONCOLOGIA – TRAT. ESPECIALES

INTEGRO (Seguro de Accidentes Personales Cooperativa de Seguros)

IOSFA (INSTITUTO OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS)

JERARQUICO SALUD

LA HOLANDO SUDAMERICANA

LA SEGUNDA ART  

LUZ Y FUERZA MERCEDES OBRA SOCIAL

LUZ Y FUERZA MERCEDES SINDICATO

LUZ Y FUERZA MERCEDES COSEGURO SEMPRE

MEDICAR WORK

MEDICUS

MEDICUS OSTEL

MEDIFE

MEOPP

MPN – MEDICAMENTOS DE PRIMER NIVEL

MUTUAL A. TOSCO – SIND LUZ Y FUERZA LA PAMPA                      

MUTUAL DE AGRICULTURA Y GANADERIA                            

MUTUAL FEDERADA “25 DE JUNIO”.

MUTUAL PETROLEROS JERARQUICOS

MUTUALIDAD DEL PERSONAL DEL BANCO  PAMPA.  

NU.MU.SE.  

OMINT ART

OPDEA (O. S. PERS. DIRECC. EMPRESAS ALIMENTICIAS)

OSALARA (O. S. de Agentes de Loterias y Afines)

OSCTCP (UTA).

OSDE

OSDEPYM (Obra Social de Empresarios, Profesionales y Monotributistas)      

OSDOP   

OSECAC

OSEN (O.S. de Electricistas Navales)

OSFATUN

OSJERA

OSMATA

OSPEDYC (O.S. del Personal de Ent. Deportivas y Civiles)  

OSPEP (Panaderos)

OSPEPRI (Petroleros Privados)  

OSPERSAAMS (Obra Social del Personal Asociado a la Asociacion Mutual Sancor)

OSPERSAMS (Obra Social del Personal de la Asociacion Mutual Sancor)

OSPES

OSPF (PERSONAL DE FARMACIA)

OSPIDA 

OSPIF (PERSONAL DE LA IND. FIDEERA).

OSPIF (O.S. de la Industria del Fosforo, Encendido y Afines)                                           

OSPIL (OBRA SOCIAL PERSONAL IND. LECHERA)

OSPIM(Obra Social del Personal de la Industria Maderera)

OSPIM EnSalud(Obra Social del Personal de la Industria Molinera)                         

OSPIN (NEUMATICOS)      

OSPLAD

OSPRERA (Ex ISSARA)      

OSPSA (Obra Social del Personal de Sanidad)      

OSSACRA (Obra Social del Sindicato de Amas de Casa de la Republica Argentina)

OSSEG (Obra Social del Seguros)

OSTEL.

OSTRAC (Ex OSTYR) (O. S. de los Trabajadores de las Comunic.)  

PLUS ART

PODER JUDICIAL DE LA NACION (JUDICIALES).   DROGAS EXLUIDAS               

PREVENCION ART

PREVENCION SALUD

PROGRAMA ANTIBIOTICOS LABORATORIO PHOENIX

PROGRAMA BIENESTAR LABORATORIO Boehringer Ingelheim

PROGRAMA DAR VIDA SALUDABLE (Glaxo Smith Kline)

PROGRAMA ELEGIR SALUD LABORATORIO ASTRA ZENECA

PROGRAMA INICIA LABORATORIO EUROFARMA

PROGRAMA PACIENTES CUIDADOS (PPC)

PROGRAMA TEVA CUIDAR LABORATORIO IVAX ARG. SA

PROMOCION BOTIQUIN PERVINOX

PROVINCIA ART

RECETARIO SOLIDARIO

SADOP

SANCOR SALUD

SANCOR – CAMPAÑA DE VACUNACIÓN ANTIGRIPAL

SANCOR SALUD SEGURA MAX

SECASFPI (SIND EMPL. EX CAJA DE SUBS FLIARES PERS IND.)     

SEMPRE – ANEXO J – ANEXO L

SEMPRE INTERNADOS

SEMPRE CAMPAÑA DE VACUNACIÓN

SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL

SIMEPA – Listado NO Reconocidos – Formulario Terapeutico Plan 3G 3V – SIMEPA (NO VALIDADO) Caratula Manual

SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION

SINDICATO DE LA CARNE

SINDICATO PETROLERO Y GAS PRIVADO BAHIA BLANCA

SOESGYPE

SWISS MEDICAL MEDICINA PRIVADA                                     

SWISS MEDICAL ART

UNION PERSONAL

UNION PERSONAL DIABETICOS CONVENIO DROG. ORIEN

UPCN

UTELPA

VALE SALUD

VISITAR

VIVIENDO MEJOR – NOVARTIS

 

Guías de Validación On Line – Soporte

CARATULA GUÍA VALIDACIÓN ON LINE

Disposición ANMAT N° 3683/2011

Disposición ANMAT N° 1831/2012

Disposición ANMAT N° 247/2013

GUIA CARGA ARCHIVOS DE FACTURACIÒN

GUÍA IMPRESIÓN LIQUIDACIONES POR WEB

GUÍA PARA DESACTIVAR TRADUCCION AUTOMATICA GOOGLE CHROME

GUÍA PARA ELIMINACIÓN DE ARCHIVOS TEMPORALES Y COOKIES DE INTERNET

(Videos: Internet Explorer / Mozilla Firefox / Google Chrome)

GUÍA Acondicionamiento Recetas PAMI

GUÍA AUTOTEST COVID

GUÍA TRAZABILIDAD – CIERRE DE ALINEACION

GUIA TRAZABILIDAD

GUÍA VALIDACIÓN COLEGIO CONVENIO SCIENZA

GUIA VALIDACION CSF (Avalian (Ex Aca Salud) – Medicus Ostel – Ostel – Ospim Ensalud – Ospedyc – Osfatun – Union Personal)

GUIA VALIDACION CSF – Declaracion de Dispensa

GUÍA VALIDACIÓN FARMALINK

GUÍA VALIDACIÓN FARMALINK – Declaracion de Dispensa

GUÍA VALIDACIÓN FARMALINK – Recetas Refacturacion

GUÍA VALIDACIÓN FEFARA

GUIA VALIDACION MPN – (OSFATLyF (Luz y Fuerza) – OSMATA – OSPIM MADEREROS – RECETARIO SOLIDARIO – OSPECON (UOCRA-Construir Salud) – UP DIABETES

GUÍA VALIDACIÓN OSDE – Web de Gestion

GUÍA VALIDACIÓN OSDE – Web de Registracion

GUÍA VALIDACIÓN OSECAC

GUIA VALIDACION OSMATA

GUIA VALIDACION OSPIM MADEREROS

GUÍA VALIDACIÓN OSPRERA

GUÍA VALIDACIÓN OSPSA (Sanidad) – Validador Web

GUÍA VALIDACIÓN OSPSA (Sanidad) – Cierre de Validaciones

GUIA VALIDACION PROGRAMA DAR VIDA SALUDABLE – GSK

GUIA VALIDACION PROGRAMA ELEGIR SALUD – ASTRA ZENECA

GUIA VALIDACION PROGRAMA PHOENIX ANTIBIOTICOS, FIDELIA, PERVINOX

GUIA VALIDACION PROGRAMA PHOENIX BOTIQUIN PERVINOX

GUIA VALIDACION PROGRAMA TEVAcuidar IVAX

GUÍA VALIDACIÓN SEMPRE ON LINE (Cierre Web)

GUÍA VALIDACIÓN SEMPRE ON LINE (VIDEO Tutorial Cierre Web)

GUÍA VALIDACIÓN VIVIENDO MEJOR NOVARTIS

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GUÍA VALIDACIÓN UP DIABETICOS

 

Soporte Técnico

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